Cura de silencio: César
debe morir, de los Hermanos Taviani.
Paolo y Vittorio Taviani: Cesare deve
morire, Kaos Cinematografica, Rai Cinema, Stemal Entertainment, Le Talee. Italia.
2012. 76 min.
En 1764, en Italia, se publicó un opúsculo cuya repercusión en nuestra
sociedad todavía está latente: De los
delitos y de las penas. Con este trabajo Césare Beccaria daría la pauta
sobre un debate que, antes que él, ya sumía al hombre en el desconcierto. El
crimen es una realidad social y moral incontrovertible, pero que a la vez se
mantiene oscura en cuanto los motivos y las causas que empujan a cometerlo, y a
la vez sobre cómo podemos doblegar y corregir tan infausto suceso. Luego, sólo
con asombro podremos enfrentarnos a una realidad tan próxima y tan contraria a
la humanidad misma.
Así también, el arte, ese gran crisol de lo más sublime que posee el ser
humano, ha devenido en un elemento expiatorio y reparador para aquellos que han
caído en la desgracia de quebrantar la Ley. Es en esta línea que los célebres
hermanos Taviani –Paolo y Vittorio– nos ofrecerán un drama singular que
reavivará el debate que tres siglos antes había iniciado su compatriota
Beccaria. Una meta-historia que echando mano a la suprema adaptación de
Shakespeare, actualizará el relato de uno de los crímenes más conocidos de
todos los tiempos: El asesinato de Julio César a manos de Bruto y Casio y la
búsqueda de la tan ansiada redención.
César debe morir (2012) es un documental que da cuenta del proceso
creativo en el que se ven envueltos un puñado de convictos italianos
–condenados a severísimas penas– al buscar representar la magistral obra de
Shakespeare: “Julio César”. Rodada
íntegramente en la prisión, asistiremos a una singular puesta en escena que va
modelando paulatinamente el temperamento de los actores hasta lograr la fusión
de estos con el particular carácter de los personajes; circunstancia que luego
generará en ellos una suerte de espacio de reflexión sobre sus propias derrotas
y aciertos.
A pesar de la evidente –y expresa– filiación progresista de los hermanos
Taviani y del paradigma resocializador que mantienen, el film nos lleva a
concluir nociones que los directores jamás se atreverían a afirmar. Así pues,
el dogma penal ilustrado (basado a su vez en el dogma del “antropocentrismo
positivo” rousseauneano) expondrá que el
ser humano, por ser un ente racional y “naturalmente bueno”, comete delito sólo
y únicamente en un trance de grave alteración de la conciencia o enfermedad
moral[1]; así
pues, la pena resultará una cura benéfica que, mediante el tratamiento
adecuado, devuelva al ciudadano la conciencia moral perdida accidentalmente. Un
dogma que siguen a pie juntillas los hermanos Taviani y otros minimalistas o
abolicionistas penales quienes niegan que la necesidad de la pena se base en la
expiación moral y social que procura, como antaño se creía. A pesar de esto, a
lo largo del film observaremos como los propios reo le darán la contra a estos
postulados. Ellos en repetidas ocasiones afirmarán –sumidos en el dolor que les
implica tal aceptación– que el grave daño cometido fue causa de su libre
decisión, condiciendo así la pena cometida como una medida esencialmente justa.
Abogarán, asimismo, sobre los beneficios de un tratamiento penitenciario que
los sectores más liberales buscan a toda costa desterrar: el sistema
disciplinario basado en el aislamiento relativo, el silencio y la imposición de
medidas correccionales. Una vez más la voz popular repetirá en la canción de los
Latín Brothers: “Pagando una larga pena,
la máxima del juzgado / De rodillas te prometo que al vicio no vuelvo más / Yo
seré honrado y honesto me voy a regenerar (…) Madre mía yo te lloro y quiero
estar a tu lado / A la patrona le imploro que ya mi pena ya la he pagado“[2]; esto
a pesar que la antojadiza sofisticación intelectual trate de exonerar lo que
los propios reos aceptan como culpa.
Nadie niega la eficacia terapéutica del arte, y la buena dosis de
humanidad que insufla a todos nosotros, hombres y mujeres. Sin embargo existe
una condición sine qua non que
permite el florecimiento del arte y de cualquier otra práctica beneficiosa: el
cultivo del hábito. Ya Aristóteles mencionaba sus beneficios al modelar la
voluntad mediante los buenos hábitos, luego de fijar aquel histórico postulado
que define al hombre como un ser con inteligencia, pasión y voluntad. La
práctica constante del bien, diría el Estagirita, será aquel recurso que
permita al hombre doblegar su pasión y afinar su intelecto[3];
posición opuesta a la de su maestro Platón quien señalaba que el conocimiento
del bien aseguraba por sí una vida virtuosa. Lamentablemente los postulados
liberales actuales, siguiendo la pauta del viejo Rousseau, desterrarán
cualquier contenido positivo al hábito y la disciplina, queriéndolos suplir –y estableciendo
entre ellos una inexistente oposición– con una serie de medidas que desarrollen
exponencialmente la imaginación, la autonomía y la libertad. Falsa disputa que,
entonces, merece ser superada.
Un hermoso testimonio de humanidad recuperada a fuerza de buenos hábitos
y cultivo del arte, César debe morir
nos presenta una luz al final del camino a la vez que nos recuerda aquella
elocuente frase del General Juan Domingo Perón: “Nosotros somos buenos, pero
cuando nos vigilan somos mejores”. Gran documento que merece ser contrastado
con las fallidas medidas penitenciarias (hacinamiento, promiscuidad, desorden y
corrupción) de nuestro país.
[1]
ROUSSEAU, Juan Jacobo (1754). Discurso sobre el origen y los fundamentos de
la desigualdad entre los hombres; (1761) Julia, o la Nueva Eloísa; (1962) El Emilio, o de la educación. Véase: DOMINGO, Miguela (2002) Naturaleza humana y estado de educación en
Rousseau: la sociedad. En: Pulso.
Año 2002, XXV. P. 45-60.
[2] LATÍN BROTHERS (1976). Patrona de los reclusos. En el álbum: Te encontré. Colombia. Discos Fuentes.
6.04 min.
[3]
ARISTÓTELES. Ética a Nicómaco. Libro
X. Cap. IX; La Política. Libro V.
Cap. III. Véase además: QUICIOS GARCÍA, María del Pilar (2002). Aristóteles y la educación en la virtud. Madrid
: Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Pp. 24.